Colectivos vulnerables

Es importante antes de okupar que toda la gente del grupo sepa en qué situación legal se encuentran lxs compañerxs y que se esté dispuestx a compartir la responsabilidad y las consecuencias legales. No dejéis que una persona en una posición de riesgo afronte sola la situación. Debe existir el compromiso de todo el grupo de tratar antes esta cuestión y tomar algunas precauciones.


Indocumentadxs

En el momento de una identificación por parte de la policía si alguien no tiene  la documentación consigo puede ser trasladada a comisaría para ser identificada. Este trámite puede finalizar con la comprobación de los datos o puede derivar en una detención, donde existe un riesgo mayor de que se pongan en funcionamiento mecanismos represivos. Los abusos cometidos por los cuerpos de policía están recogidos en el Código Penal como delito (arts. 530 y 531 CP) y pueden ser denunciados. 
Hagamos lo posible por protegernos y proteger a lxs nuestrxs.

 


Antecedentes penales

  • Si alguien ha sido condenadx con sentencia firme por un delito -incluído también el delito leve- tendrá registrados antecedentes penales.
  • En un proceso penal contra la okupación, un trámite que el Juzgado de Instrucción puede llevar a cabo es la petición del certificado de antecedentes penales de la persona imputada.
  • Cuando a alguien le consta algún antecedente penal en el registro central de penados y rebeldes esto tiene consecuencias en el ámbito penal -y en otros ámbitos- pudiendo afectarle tanto en la fase de instrucción como en el juicio.
  • Una condena sobre la base de antecedentes penales supone el cumplimiento de la pena, con el peligro de prisión si no se paga la multa.
  • En el caso de ser condenadx por usurpación, al tratarse de un delito leve, no se tienen en cuenta los antecedentes penales a efectos de reincidencia (art. 22.8 CP). Eso significa que aún existiendo antecedentes penales vigentes -que prescriben a los 6 meses- y acumulando varias condenas por okupación en ese tiempo, la condena no será mayor por este hecho. Por contra, policial y políticamente los antecedentes penales siempre se tienen en cuenta.


Personas con otras nacionalidades

  • La reforma del Código Penal de 2015 establece que si unx extranjerx, tanto si es comunitarix como si está residiendo en el estado español de forma legal con su permiso de trabajo, es condenadx a una pena de prisión de más de 1 año, el juez sustituirá la condena de prisión por la de expulsión del país (art. 89 CP).
  • La persona de otra nacionalidad que reciba una citación a un proceso judicial y resida fuera del estado español, está obligada a acudir al juicio. Aún así hay que tener en cuenta que muchos estados no extraditan a sus ciudadanxs y que por tanto, puede ser una opción no presentarse.
    Si la citan a declarar antes del juicio, puede solicitar mediante un exhorto declarar en un juzgado de su país, aunque bajo el compromiso de acudir a la celebración del juicio.
    Si no puede asistir al juicio debe presentar un justificante explicando la imposibilidad de acudir. Y si no lo hace, las autoridades pueden emitir una orden de búsqueda y localización y/o presentación.
  • La persona extranjera sin papeles se puede encontrar en situaciones con consecuencias más graves.
    • La identificación por parte de la policía, el estar imputada en un proceso o una detención pueden suponer la paralización de trámites de regularización y/o una orden de expulsión.
    • Puede tener graves problemas al pasar la frontera.
    • Si es detenida, lo más probable es que la trasladen al CIE e inicien un proceso de expulsión.
    • El tiempo máximo legal que puede estar en el CIE es de 60 días y tiene derecho a ver a unx abogado, pero estos derechos son sistemáticamente vulnerados.
    • Si tiene unx abogado de oficio puede ser una desventaja, es preferible tener unx abogado de confianza que se haya decidido con el grupo de okupación, y gente afuera que pueda ayudar a preparar el caso con el/la abogado.
    • Las consecuencias de los antecedentes penales para una persona extranjera que se encuentra de forma irregular en el estado español implican la imposibilidad de acceder a las autorizaciones administrativas para residir o trabajar, dificultades al pedir protección oficial o la expulsión del territorio.

 

 

  • Es primordial asesorarse con los colectivos de apoyo a las personas migrantes. La Red Jurídica Antirracista es una iniciativa colectiva de acompañamiento y asesoría legal para trámites de extranjería, organizada por t.i.c.t.a.c. (taller de intervenciones críticas transfeministas antirracistas combativas). Cuenta con la colaboración de compañerxs abogadxs y juristas y se focaliza en los trámites de regularización de papeles por arraigo, reagrupación familiar, matrimonio o pareja de hecho. También atienden trámites relacionados con renovaciones y residencia de menores. Se puede reservar cita escribiendo al correo electrónico:

 




Anexo documentos: